Baja Voluntaria y Finiquito: Guía Completa 2026
Todo sobre la baja voluntaria: cómo hacerla, derechos del trabajador, finiquito, prestación por desempleo y consecuencias legales.
Baja Voluntaria y Finiquito: Guía Completa 2026
La baja voluntaria es la decisión del trabajador de poner fin a la relación laboral voluntariamente. A diferencia de otras formas de extinción del contrato, en la baja voluntaria no existe indemnización por despido. Sin embargo, el trabajador tiene derecho a cobrar el finiquito con todos los conceptos pendientes.
¿Qué es la baja voluntaria?
La baja voluntaria, también conocida como renuncia o dimisión, es la manifestación de voluntad del trabajador de extinguir la relación laboral. Se encuentra regulada en el Artículo 49.1.d) del Estatuto de los Trabajadores (ET).
Es importante distinguir baja voluntaria de:
- Despido: Decisión unilateral del empresario
- Mutuo acuerdo: Acuerdo entre ambas partes
- Extinción del contrato temporal: Vencimiento del plazo
Formalización de la baja voluntaria
1. Comunicación por escrito
Aunque no es obligatorio, es recomendable presentar la renuncia por escrito y enviarla por medio que deje constancia (burofax, correo certificado).
El documento debe incluir:
- Nombre del trabajador
- Indicación clara de la renuncia o baja voluntaria
- Fecha de efectividad
- Firma del trabajador
2. Plazo de preaviso
El Estatuto de los Trabajadores no establece un plazo de preaviso para la baja voluntaria. Sin embargo:
- El convenio colectivo puede establecer un periodo de preaviso (normalmente 15 días)
- El contrato de trabajo puede contemplar un plazo de preaviso
Si el trabajador no cumple el preaviso establecido, el empresario puede reclamar los daños y perjuicios ocasionados.
3. Fecha de efectividad
La baja voluntaria es efectiva desde:
- La fecha indicada por el trabajador (si hay preaviso)
- La fecha de comunicación (si no hay preaviso)
Finiquito en la baja voluntaria
El trabajador tiene derecho a cobrar el finiquito completo, que incluye:
1. Salario de días trabajados en el mes
Corresponde al salario desde el último día de pago hasta la fecha de baja.
Salario pendiente = (Salario bruto mensual / 30) × Días trabajados
2. Vacaciones no disfrutadas
Las vacaciones devengadas y no disfrutadas deben abonarse en finiquito.
Vacaciones = [(Días anuales / 365) × Días transcurridos] - Días disfrutados
Importante: La jurisprudencia establece que las vacaciones solo pueden disfrutarse dentro del año natural en que se generan. Las vacaciones de años anteriores que no se disfrutaron se pierden (salvo que el convenio indique otra cosa).
3. Pagas extras prorrateadas
Si el contrato es de 14 pagas y no se han cobrado las pagas extras del año, se prorratean según los meses transcurridos.
Pagas extras = (Meses acumulados / 6) × Salario mensual
4. Horas extra pendientes
Las horas extra trabajadas y no pagadas se abonan según el valor establecido en el convenio o contrato.
5. Otros conceptos pendientes
Dietas, comisiones, ventas pendientes de cobrar, etc.
Ejemplo de cálculo de finiquito en baja voluntaria
Datos del trabajador:
- Salario bruto mensual: 1.600€
- Pagas anuales: 14
- Vacaciones anuales: 30 días
- Fecha de baja: 15 de mayo
- Última nómina: 30 de abril
- Días vacaciones disfrutados en 2026: 6 días
- Horas extra pendientes: 8 horas × 16€ = 128€
1. Salario de días trabajados (1-15 de mayo): (1.600€ / 30) × 15 = 800€
2. Vacaciones no disfrutadas: Días transcurridos 2026: 31 (ene) + 28 (feb) + 31 (mar) + 30 (abr) + 15 (may) = 135 días Vacaciones devengadas: (30 / 365) × 135 = 11,1 días Vacaciones pendientes: 11,1 - 6 = 5,1 días Salario diario: (1.600€ × 14) / 365 = 61,37€ Importe: 5,1 × 61,37€ = 313€
3. Pagas extras prorrateadas: Meses acumulados: 4 (ene, feb, mar, abr) + (15/30) = 4,5 meses Importe: (4,5 / 6) × 1.600€ = 1.200€
4. Horas extra pendientes: Importe: 128€
TOTAL FINIQUITO: 800€ + 313€ + 1.200€ + 128€ = 2.441€
Prestación por desempleo en baja voluntaria
En caso de baja voluntaria, el trabajador no tiene derecho a cobrar el paro inmediatamente.
Situaciones excepcionales
El trabajador puede cobrar el paro si la baja voluntaria se produce en estas situaciones:
- Cese de la actividad de la empresa (aunque el trabajador presente baja)
- Cambio de residencia por traslado del cónyuge (Art. 208.2.c LGSS)
- Violencia de género o acoso laboral (si la empresa no actúa)
- Extinción de contrato por sentencia judicial que reconoce vulneración de derechos fundamentales
Cotización necesaria para el paro
Aunque en baja voluntaria no cobras el paro, los días trabajados cuentan para cotizar al sistema de Seguridad Social.
Si en el futuro encuentras otro empleo y te despiden, esos días se sumarán al periodo de cotización para calcular la prestación.
Documentos necesarios en la baja voluntaria
Para formalizar correctamente la baja voluntaria y tramitar el finiquito, necesitarás:
- Carta de renuncia (escrita y firmada)
- DNI o NIE del trabajador
- Cuenta bancaria para el abono del finiquito
- Certificado de empresa (para trámites posteriores)
Diferencia con mutuo acuerdo
Es importante distinguir la baja voluntaria del mutuo acuerdo:
| Aspecto | Baja voluntaria | Mutuo acuerdo | |---------|-----------------|---------------| | Iniciativa | Trabajador | Acuerdo ambas partes | | Indemnización | No (salvo pacto) | Sí (normalmente 7-20 días/año) | | Paro | No inmediato | No inmediato | | Finiquito | Sí, completo | Sí, completo + indemnización pactada |
Si la empresa te ofrece la baja voluntaria, asegúrate de que sea realmente tu voluntad y que no estés siendo coaccionado.
Errores comunes al hacer una baja voluntaria
- No firmar el finiquito: El finiquito es obligatorio y no renuncias a derechos al firmarlo
- No revisar el cálculo: Verifica que todos los conceptos estén incluidos
- Omitir el preaviso si lo exige el convenio o contrato
- No solicitar el certificado de empresa para futuros trámites
- Confundir baja voluntaria con despido: Si te obligan a dimitir, puede ser un despido
Cuando la baja voluntaria puede ser impugnada
La renuncia del trabajador no puede ser:
- Coactiva: Si la empresa te obliga a dimitir, no es una baja voluntaria real
- Engañosa: Si te engañan sobre tus derechos
- Viciada: Por violencia, intimidación o dolo
En estos casos, puedes impugnar la baja voluntaria ante los Juzgados de lo Social, alegando que hubo un despido real bajo la apariencia de una renuncia.
Retención fiscal del finiquito
El finiquito en baja voluntaria está sujeto a IRPF. Se aplica la retención según el tramo impositivo del trabajador (normalmente entre 15% y 30%).
Recomendaciones antes de dar la baja
Antes de presentar la baja voluntaria:
- Busca otro empleo: Ten algo asegurado antes de marcharte
- Revisa tu contrato y convenio: Verifica preavisos y penalizaciones
- Calcula tu finiquito: Usa nuestra calculadora para saber lo que te corresponde
- Pide el certificado de empresa: Necesario para futuros empleadores
- Copia de toda la documentación: Contrato, nóminas, etc.
Conclusión
La baja voluntaria es una decisión importante que afecta tu carrera y situación económica. Aunque no tienes derecho a indemnización por despido, sí debes cobrar el finiquito completo con todos los conceptos pendientes.
Asegúrate de formalizar la baja correctamente, revisar el cálculo del finiquito y no confundir la baja voluntaria con un despido forzado.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar el paro si me doy de baja voluntaria?
Generalmente no. En baja voluntaria no tienes derecho a prestación por desempleo. Solo en situaciones excepcionales (violencia de género, traslado del cónyuge, etc.) puedes cobrar el paro tras la baja.
¿Cuánto tiempo tengo de preaviso para hacer una baja voluntaria?
El Estatuto de los Trabajadores no establece preaviso. Sin embargo, el convenio colectivo o el contrato pueden establecer un plazo (normalmente 15 días). Si no lo cumples, la empresa puede reclamarte los daños.
¿Tengo derecho a indemnización si me doy de baja voluntaria?
No, en baja voluntaria no existe indemnización por despido. Solo cobras el finiquito con los salarios pendientes, vacaciones, pagas extras prorrateadas y horas extra.
¿Se pueden cobrar las vacaciones no disfrutadas en la baja voluntaria?
Sí, las vacaciones devengadas y no disfrutadas se abonan en el finiquito. Solo las vacaciones de años anteriores que no se disfrutaron se pierden (salvo pacto en contrario).
¿Qué pasa si me obligan a hacer una baja voluntaria?
Si la empresa te obliga a dimitir bajo amenaza o coacción, no es una baja voluntaria real. Puedes impugnarla ante los Juzgados de lo Social alegando despido. Es recomendable no firmar de baja voluntaria si estás siendo coaccionado.
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