ERE y Despido Colectivo en Barcelona: Derechos y Procedimiento
El ERE (Expediente de Regulación de Empleo) es un procedimiento de despido colectivo que afecta a un número significativo de trabajadores. En Barcelona, los EREs han sido frecuentes en sectores como tecnología, banca, comercio e industria. Si tu empresa ha comunicado un ERE, tienes derechos que debes conocer y plazos que debes respetar.
¿Cuándo es despido colectivo?
Se considera despido colectivo cuando, en un periodo de 90 días, la empresa extingue contratos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción y afecta a:
- 10 trabajadores en empresas de menos de 100 empleados
- El 10% de la plantilla en empresas de 100 a 300 empleados
- 30 trabajadores en empresas de más de 300 empleados
- La totalidad de la plantilla si son más de 5 trabajadores y se produce el cierre
Periodo de consultas y negociación
El ERE incluye un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores (comité de empresa o delegados). En empresas de menos de 50 trabajadores, dura un máximo de 15 días; en las demás, hasta 30 días. Durante este periodo se negocian las condiciones: quién sale, cuánta indemnización, medidas de recolocación, etc.
Indemnización y derechos del afectado
La indemnización mínima legal por ERE es de 20 días de salario por año trabajado (máximo 12 mensualidades), igual que el despido objetivo. Sin embargo, en el periodo de consultas es habitual negociar cantidades superiores. En Barcelona, los EREs en empresas grandes suelen incluir planes de recolocación obligatorios y mejoras sobre la indemnización legal.
Particularidad de Barcelona
En Barcelona, la Generalitat de Catalunya (Departament d'Empresa i Treball) actúa como autoridad laboral en los EREs que afectan exclusivamente a centros de trabajo en Catalunya. Los sindicatos UGT Catalunya y CCOO Catalunya desempeñan un papel clave en la negociación de los periodos de consultas.
Recursos locales en Barcelona
CMAC — Centre de Mediació, Arbitratge i Conciliació
Carrer de Sepúlveda, 148-150, 08011 Barcelona
Tel: 93 228 57 57
Lunes a viernes, 9:00–14:00
Ver en Google Maps →Juzgados de lo Social de Barcelona
Passeig de Lluís Companys, 1, 08003 Barcelona
Tel: 93 486 01 00
Lunes a viernes, 9:00–14:00
Ver en Google Maps →UGT Catalunya
Rambla de Santa Mònica, 10, 08002 Barcelona
Tel: 93 304 68 00
Ver en Google Maps →Preguntas frecuentes
¿Puedo impugnar un ERE individualmente en Barcelona?
Puedes impugnar tu despido individual derivado del ERE ante el CMAC y el Juzgado de lo Social. La impugnación del ERE en su conjunto corresponde a los representantes sindicales ante la Audiencia Nacional o el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya.
¿La indemnización del ERE está exenta de IRPF?
Sí, la indemnización por ERE está exenta de IRPF hasta el límite legal (20 días/año con un tope de 12 mensualidades). Las cantidades que superen ese límite tributan como rendimientos del trabajo.
¿Tengo derecho a plan de recolocación si me afecta un ERE en Barcelona?
Sí, si el ERE afecta a más de 50 trabajadores, la empresa está obligada a ofrecer un plan de recolocación externa de al menos 6 meses a través de una empresa de outplacement autorizada.
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