¿La indemnización por despido está exenta de IRPF?
Sí, la indemnización por despido improcedente está exenta de IRPF hasta el límite legal de 33 días por año (máximo 24 mensualidades).
Lo que dice la ley
La indemnización por despido improcedente está exenta de IRPF hasta el importe que corresponda legalmente: 33 días/año con tope de 24 mensualidades. El exceso sí tributa. Para la exención, el despido debe estar reconocido como improcedente en el acto de conciliación (CMAC en Barcelona), en sentencia judicial, o por reconocimiento de la empresa en la carta de despido. La indemnización por despido objetivo (20 días/año) también está exenta. Es importante que el reconocimiento de improcedencia conste en documento oficial del CMAC o del juzgado para asegurar la exención fiscal.
Pasos para actuar en Barcelona
Si necesitas reclamar o tienes dudas sobre tu situación laboral en Barcelona, estos son los pasos a seguir:
- Calcula tu indemnización con nuestra calculadora gratuita para saber exactamente cuánto te corresponde
- Presenta la papeleta de conciliación ante el CMAC de Barcelona (Sepúlveda, 148-150) en los 20 días hábiles siguientes al despido
- Si no hay acuerdo en conciliación, un abogado laboralista puede presentar demanda ante el Juzgado de lo Social (Lluís Companys, 1)
Ejemplo práctico
Veamos un ejemplo concreto: un trabajador en Barcelona con un salario bruto anual de 25.000 € y 5 años de antigüedad. Su salario diario es 68.49 € (25.000 ÷ 365). Si el despido es improcedente, la indemnización sería de 11.301 € (33 días × 5 años × 68.49 €/día). Si es un despido objetivo, serían 6849 € (20 días × 5 años × 68.49 €/día). Usa nuestra calculadora para obtener tu cifra exacta.
Particularidad de Barcelona
Para garantizar la exención fiscal en Barcelona, asegúrate de que el reconocimiento de improcedencia conste en el acta del CMAC de Sepúlveda 148-150 o en la sentencia del juzgado de Lluís Companys.
Recursos locales en Barcelona
CMAC — Centre de Mediació, Arbitratge i Conciliació
Carrer de Sepúlveda, 148-150, 08011 Barcelona
Tel: 93 228 57 57
Lunes a viernes, 9:00–14:00
Ver en Google Maps →Juzgados de lo Social de Barcelona
Passeig de Lluís Companys, 1, 08003 Barcelona
Tel: 93 486 01 00
Lunes a viernes, 9:00–14:00
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